miércoles, 16 de noviembre de 2011

AFORE

El término Afore no significa otra cosa que “Administración de Fondos para el Retiro”. Se refiere a empresas financieras  supervisadas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), que se encargan de administrar e invertir los ahorros para el retiro de cualquier trabajador, ya sea servidor público federal, estatal o municipal, indpendiente o por cuenta propia.

Aunque los bancos son dueños de muchas de ellas, las Afores no son bancos ni aseguradoras. Son instituciones que se dedican exclusivamente a administrar e invertir los recursos que depositas en tu cuenta individual. Su objetivo es ofrecerte una pensión en el momento de tu retiro. Quizás el momento en que dejes de trabajar te parece muy lejano, pero imagínalo: necesitarás un apoyo económico que te dé tranquilidad y seguridad. Por eso es tan imporante la elección de una Afore. Estas administradoras se diferencian entre sí por los servicios que ofrecen, las comisiones que cobran por manejar los recursos y los rendimientos (ganancias) que otorgan.

CARACTERÍSTICAS Y VENTAJAS DEL SISTEMA DE PENSIONES DE LA LEY DE 1997

Características principales

 Cada trabajador determina su pensión a partir de su salario de cotización y permanencia cotizando; se desvincula la pensión de la relación trabajadores activos a pensionados y, por lo tanto, de la estructura poblacional.
 Se le otorga al trabajador la propiedad de los recursos de su Cuenta Individual, así como los derechos adquiridos, y le otorga la posibilidad de aumentar su ahorro de manera voluntaria y el derecho de heredar los recursos.
 Se elimina la inequidad de género al vincular las aportaciones a la pensión.
 Se resuelve el problema de desigualdad por nivel de ingreso, al vincular el esfuerzo con los beneficios obtenidos.
 El trabajador mantiene en su Cuenta Individual el registro de sus aportaciones independientemente de quién sea su patrón.


Beneficios y ventajas

 El monto de las contribuciones crece debido a los rendimientos obtenidos al invertir los recursos a través del mercado financiero a plazos largos, lo que aumenta la pensión del trabajador al momento de su retiro. 
 Con el Sistema de Ahorro para el Retiro se fortalece el pilar solidario, ya
que se establece una Pensión Mínima Garantizada (PMG).




Se establece una nueva aportación a cargo del Gobierno Federal denominada Cuota Social, que equivale al 5.5% del Salario Mínimo General del Distrito Federal, por cada día de salario cotizado, misma que se actualiza con base al INPC en forma trimestral a partir del 1º de julio de 1997.
 El trabajador elige libremente su AFORE.
 El Sistema es transparente, ya que todo trabajador puede conocer en cualquier momento el monto de su Cuenta Individual.
 El Sistema es más justo, pues premia al trabajador que cotiza más tiempo.
 No se contrapone a las pensiones derivadas de un contrato colectivo de trabajo.
 Para efectos de retiro de los trabajadores, existe un período de transición durante el cual se puede elegir entre el retiro con la Ley del Seguro Social de 1973, o 1997,-el que le resulte más favorable. Esto es posible siempre y cuando el trabajador haya comenzado a cotizar al IMSS antes del 1 de julio de 1997.
 
FUNCIONES DE LA AFORE.

  • Proporcionar material informativo sobre el sistema (SAR).
  • Contar con una Unidad Especializada de Atención al Público para atender quejas y reclamaciones.
  • Efectuar los traspasos de recursos SAR 92-97 a su cuenta individual.
  • Proporcionarle por lo menos 2 estados de cuenta al año.
  • Contar con una Sociedad de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIEFORE) a través de la cuál los trabajadores podrán obtener mejores rendimientos para sus ahorros y con muy poco riesgo. A través de ella la Afore podrá recibir y tramitar retiros totales y parciales.
  • Llevar el registro de los recursos correspondientes a tu subcuenta de vivienda.
  • Realizar traspasos de la cuenta individual de una Afore a otra.

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